Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION, interpuesta por la parte demandada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la pate actora, contra la decisión definitiva dictada en fecha 03 de junio de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana ZULAY GRANADILLO LEÓN, Venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad No. 9.113.943, y en consecuencia SE CONDENA SOLIDARIMAENTE a la sociedad de comercio INGENIEROS ELÉCTRICOS .....