Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de marzo de 2009, por el Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE REVOCA, la anterior decisión. SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano FABIÁN ANTONIO OROPEZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.051.532, en contra de la sociedad mercantil VASOS VENEZOLANOS, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº66, Tomo 215-A-Pro, en fecha 24/09/1998. TERCERO: Dada l.....