Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIAMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 26 de abril de 2011, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana DELIA JOSEFINA SÁNCHEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.113.845, y en consecuencia se condena a la demandada CONDOMINIO EDIFICIO BANVENEZ, CENTRO FINANCIERO.; inscrito en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de la Circunscripción.....