Señalado lo anterior y a los efectos del pronunciamiento sobre la admisibilidad de la presente acción de amparo constitucional, este Tribunal actuando en sede Constitucional ordena a la accionante en amparo que suministre información sobre los terceros interesados (nombres y apellidos, número de cédula de identidad y dirección donde localizarlos), para lo cual, se le concede un lapso de de cuarenta y ocho (48) horas, computados a partir de la constancia en autos de haber practicado su notificación.