DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales tienen incoadas los Ciudadanos NELSON ORTEGA y EDGAR GARCIA, Mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.543.842 y V-7.187.215 y CONDENAN a las sociedades mercantiles CONSTRUCCIONES LOS 9905, C.A, CITIC INTERNATIONAL INC y CONSTRUCTORA LOS OLIVOS, C.A, representadas por los ciudadanos QI PENG, FRANCISCO JOSE GUITIAN, FERNANDO LASTRA, en sus carácter de GERENTE DE ADMINISTRACION y PRESIDENTES, respectivamente; a cancelar la suma de CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. .....