Seguidamente, este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy, declara concluido la Audiencia Preliminar y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por la suma de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 10.000,00), cantidad esta que el apoderado judicial esta facultado según se desprende del instrumento poder consignado en el presente asunto, reservándose la cantidad de UN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 1.000,00), que será cancelada en la fecha acordada por las partes para el pago total del presente acuerdo, es decir, la suma de ONCE MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 11.000,00), dándole efecto de c.....