HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada y por cuanto no quedan pagos pendientes por realizar, se ordena el cierre y archivo del expediente en su debida oportunidad. Se deja constancia que, en virtud del acuerdo, las partes no consignaron escritos de pruebas ni anexos.