Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda intentada por la Ciudadana DALIA ARAQUE, venezolana, mayor de edad , titular de la Cédula de Identidad Número 5.068.733, en contra la Sociedad de Comercio " ALUMINIOS Y PANELES MARACAY, C.A..", a pagar la cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES CON 54 (Bs.F. 11.542,54) por los conceptos ya especificados,. Y ASI SE DECIDE.
No Hay Condenatoria en Costas..
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunsc.....