Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda intentada por CARMEN RAMONA FAJARDO Vda. DE PEREZ, ya identificada en contra de la empresa "ESTACIONAMIENTO DIOSDAN, C.A." y condena a pagar la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS CON NOVENTA BOLIVARES (Bs.F 2.822,90) por concepto de prestación de antigüedad, vacaciones vencidas, vacaciones fraccionadas, bono vacacional vencido, bono vacacional fraccionado y bonificación de fin de año .
Se condena a la demandada al pago de las costas, por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se le advierte a la parte d.....