Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada. Se le hace saber a las partes, que se ordenará el cierre y archivo del presente asunto y su remisión al archivo definitivo una vez que conste en autos el pago acordado y en la oportunidad que corresponda. Se exhorta a las partes a cumplir de buena fe el acuerdo contenido en la presente acta. Se deja constancia que en virtud del acuerdo, las partes no consignaron sus escritos de pruebas ni demás elementos probatorios.