En vista de los hechos precedentemente expuestos y de lo solicitado, por la parte actora y en atención a la Tutela Judicial Efectiva , al Derecho a la Defensa y al Debido Proceso normas consagradas en nuestro texto Constitucional, este Tribunal Décimo de Primera de Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Laboral del Estado Aragua declara IMPROCEDENTE lo solicitado por la parte actora sobre la Sociedad Mercantil "FRIGORIFICO A y A, C.A.", empresa esta que no ha sido notificada, ni condenada en la presente causa. Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZA
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ