Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el articulo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara "SIN LUGAR" la solicitud de calificación de despido intentada por el ciudadano GUSTAVO LUCIO MORENO PEREZ, venezolano, mayor de edad , titular de la Cédula de Identidad Número 648.624, en contra la Sociedad de Comercio " GAIVER, C.A.", ut supra identificada.-
No Hay Condenatoria en Costas..
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay a los 12 días del mes de Febrero del año 2010. Años 199 y 150.-
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