En este sentido los Apoderados de la parte actora exponen VISTO EL ALEGATO DE PRESCRIPCIÓN OPUESTO POR LA DEMANDADA DESISTIMOS DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO de conformidad con lo establecido en el artículo 263, del Código de Procedimiento Civil, vista la exposición efectuada por la parte actora este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Y HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO ,. Se deja constancia de que se devuelven los escritos de pruebas.- Se cierra el acto, siendo las 12:oo a.m. del día de hoy, Viernes 26 de Marzo del 2010.- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-
LA JUEZA
VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ