DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios Laborales tiene incoada el Ciudadano: FIDEL ALEJANDRO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 4.090.178.CONDENA a la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES RC 2000 C.A ,a cancelar a la parte actora la cantidad de VEINTITRES MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 94 (Bs.23.670,94) Así se Declara. por todos y cada uno de los conceptos que a continuación se indican y cuantifican: PRIMERO: Por concepto de Prestación de Antigüedad, conforme a lo preceptuado en el Artículo 108 de la Ley Or.....