Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN MARACAY, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la Ciudadana, YEMILED MARÍA HERNÁNDEZ LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 11.674.624. CONDENA a la SOCIEDAD MERCANTIL SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓN DE CALZADOS VENZUELA. B.L.M. y OKEY SHOES C.A. a cancelar a la parte actora la cantidad de SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs.71.465,00) por todos y cada uno de los conceptos que a continuación se indican y cuantifican: PRIMERO: Por concepto de Prestación de Antigüedad, conforme a lo preceptuado en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trab.....