este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la petición de la Medida Cautelar de Suspensión de los efectos en contra del Acto Administrativo contenido en el expediente N° 043-2012-01-2464, de fecha 11 de enero del 2013, N° 00017-13, dictado la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Costa de Oro, Mario Briceño Iragorry, Libertador, Linares Alcántara y Mariño del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, el cual declaro sin lugar el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos intentado por el ciudadano HAILAM ENRIQUE CACERES DIMENY, titular de la cédula de identidad Nº V-14.104.048, contra la empresa PROSOL SERVICIOS, C.A y con lugar el procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos intentado por el mencionado ciudadano en contra de la Sociedad Mercantil COME.....