En mérito de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE: PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda que por CALIFICACION DE DESPIDO intentara la Ciudadana AGELVIS BLANCO YENMILLEY ZULEIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-16.553.539 contra la Sociedad Mercantil EMPRESA ARAGUEÑA DE MINAS C.A., creada mediante Decreto del ciudadano Gobernador Nº 1.600, publicado en Gaceta Oficial del Estado Aragua Nº 1.537, de fecha 31 de julio de 2009, e inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 20 de agosto de 2009, bajo el Nº 49, Tomo 54-A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESEN.....