Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS incoaran los ciudadanos DAVID GABRIEL PALMAR GONZALEZ y JOSE WILFREDO GARCIA BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.738.734 y V- 13.154.252, respectivamente, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA AMARANTA, C.A., plenamente identificados en autos.