Declara con lugar la solicitud formulada por la XXV Noveno del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, en la audiencia celebrada en fecha 26/1/2015; en la presente causa seguida a Robinsón José Borró Bello, de nacionalidad venezolana, natural de Calabozo estado Guarico, de 40 años de edad, titular de la cedula de identidad V-14.238.534, domiciliado en barrio Ali Primera municipio Sucre, casa Nº 005, calle Rivas con Lucha, Cagua, estado Bolivariano de Aragua, teléfono: 0424.371.50.54; por su presunta participación en la comisión del delito de Violencia física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.