Califica la aprehensión como flagrante, de los ciudadanos 1- JOSE RAFAEL JUAREZ MOSCADA 2- JOSE RAMON JUAREZ MOSCADA, 1- JOSE RAFAEL JUAREZ MOSCADA Calificó provisionalmente los hechos que le imputa como: VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, EN CUANTO AL CIUDADANO JOSE RAMON en virtud de lo solicitado por el Ministerio Publico, QUE NO TIENE NADA QUE VER CON LOS HECHOS SOLICITO LIBERTAD PLENA, éste Tribunal la acoge y comparte,Medidas de Protección y Seguridad a favor de la víctima, prevista en el artículo 90 numerales 1, 6 y 13 de la Ley Especial, y al imputado las Medidas Cautelares contenidas en el artículo 95 numerales 7 Eiusdem.