Con fuerza en la motivación que antecede, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 197 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la entrada y registro de una comisión de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Brigada de Violencia de Genero: Detective JOSE NAVA, Credencial 37120 y el Detective Agregado ASDRUBAL ESPINOZA, Credencial 34324, a los fines de practicar allanamiento en la siguiente dirección:
1. CALLE CARABOBO, NUMERO 46, AL FRENTE DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO, CASA DE PIEDRA, MARACAY ESTADO ARAGUA. a fin de dejar constancia de las características del sitio del suceso, y además verificar si en.....