DECISIÓN
Este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control Audiencia y Medidas en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Decretar la OMISION FISCAL, por parte de la fiscalía 15° del Ministerio Público, en virtud de no haberse presentado Acto Conclusivo alguno en el lapso legal correspondiente. SEGUNDO: Acuerda otorgar PRORROGA EXTRAORDINARIA, para ello se ordena oficiar a la Fiscalía Décimo Quinta (15°) del Ministerio Publico del Estado Aragua, que conoce del caso y al Fiscal Superior del Estado Aragua, para que presente ante este tribunal las Conclusiones de la Investigación, en un lapso no mayor de diez (10) días continuos, contados a partir de su notificación. Ofíciese lo conducente y notifíquese a las Partes.