Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscal 15° del Ministerio Público del estado Aragua, en contra del ciudadano RUBEN ANTONIO MENSSON BENAVIDE, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, VIOLENCIA SEXUAL EN ACCION CONTINUADA previsto y sancionado en el artículo 42 y 43 en su tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en concordancia con el articulo 99 del Código Penal, TRABAJO FORZADO previsto y sancionado en el articulo 255 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, SECUESTRO previsto y sancionado en el articulo 3 segundo aparte de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión con el agravante del articulo 10 Numerales 1°, 2°, 8° y 16°. De la misma manera, se ADMITEN como PRUEBAS para ser debatidas en Juicio Oral y Público...SEGUNDO: Una vez admitida la acusación se impone al acusado de las Fórmulas Alternativas a la Prosecución del Proceso, las cuales son el Principio de Oportunidad, Los .....