26/08/2016 SE DICTA AUTO DE RESOLUCION, Califica la aprehensión como LEGITIMA, del ciudadano EDGAR RAFAEL MENDOZA GONZALEZ, este Tribunal se declara incompetente, toda vez que la prevención la tiene el Tribunal Segundo de control, audiencias y medidas del circuito judicial de violencia contra la mujer del estado Aragua, en consecuencia considera procedente DECLINAR LA COMPETENCIA del presente asunto, al Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas de conformidad con lo establecido en el articulo 80 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el articulo 118 de la Ley Orgánica sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, Remítanse de inmediato las presentes actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, para que sea agregado al expediente N° DP01-S-2010-002778. Remítanse las presentes actuaciones. Líbrese boleta de libertad.