NIEGA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano: CRISTIAN RAMON SILVA VELASQUEZ, titular de la cedula V-7.271.594, venezolano , de 50 años de edad, natural de Caracas, nacido el 18-01-1965, residenciado en la urbanización el Paseo , numero 199, calle el paseo el Limón Estado Aragua, hijo de Maritza Velásquez ( v ) y de Mauro Ramón Silva ( f ), por la presunta comisión de el delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS , previsto y sancionado en el articulo 376 parte infine en concordancia con el numeral 1 del articulo 374 ambos del Código Penal Vigente para el momento, por cuanto la presunta interrupción fue interrumpida en fecha 27 de enero de 2015, cuando se materializo su captura Cometido en perjuicio de la ciudadana YEIMI GABRIELA CASTILLO. ASI SE DECIDE.-