DISPOSITIVA
Por los razonamiento de hecho y derecho antes señalados, este JUZGADO UNICO EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO : NIEGA, la pretensión de la defensa en el sentido de que se le permita al acusado Jorge Arturo Yespica Dávila ingresar a la vivienda donde habita la victima Milagros Andreina González, por cuanto no han variado las circunstancia de los hechos de violencia física que hoy nos ocupa esto en aras de la protección, control y erradicación de la violencia contra la mujer y de su entorno familiar, cuya finalidad última, es la protección de los derechos fundamentales a la integridad física, psíquica y moral de la víctima, esto de conformidad al articulo 90 numeral 13 de la ley orgánica del derecho de la mujer a una vida libre de violencia "Cualquier otra medida necesaria para la protecc.....