Se dicto Sentencia Condenatoria por Admisión de Hechos, por lo que la pena que deberá cumplir el acusado RICHARD ONEXIMO SILVA COLMENAREZ; es de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del COPP y TRATO CRUEL en perjuicio de la niña de 04 años de edad. Se exonera al condenado del pago de costas procesales, conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.