En razón de las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo intentada por los Abogados en ejercicio RICARDO MENDEZ, MARTHA LINARES y GEORGINA BALZA, Inpreabogado Nro. 78.661, 78.377 y 99.541, respectivamente, quienes actúan en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano AMERICO JOSE URDANETA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-3.003.283, en contra de las actuaciones realizada en fechas 13 y 15 marzo de 2012 y 03 de abril de 2012 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, en el expediente DP41-K-2010-000002, por cuanto no fue agotada la vía ordinaria para atacar la decisión emitida por el Tribunal Primero de P.....