En mérito a las anteriores consideraciones, es por lo que es por lo que este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la Abogada TAHIS HERNANDEZ, en su carácter de Apoderada Judicial de la Ciudadana YRAIMA COROMOTO CORDERO, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.270.490, en contra de la Sentencia emitida en fecha 15 de Febrero de 2013, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Sede Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la cual se declaró desistido el procedimiento y la extinción de la instancia por la incomparecencia de las partes a la audiencia de juicio. Y así se decide. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada en todas y cada una de sus partes. Y así se decide. TERCERO: Vencido como sea el lapso de ley, .....