En razón de las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior Del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de apelación ejercido por la Abogada Natyarly Valera, inscrita en el Inpreabogado N° 52.863, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano CLEMENTE HERRERA HERAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.542.797, en contra de la sentencia emitida en fecha 24 de septiembre de 2013, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. Y así se decide. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se RATIFICA en todas y cada una de sus partes la Sentencia Definitiva Impugnada. Y así se decide. TERCERO: Trascurrida como sea la oportunidad procesal para la interposición del Rec.....