Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA RECUSACION, planteada por la ciudadana ANABELA MENDES GOMES DE GOMES, de nacionalidad portuguesa, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº E.-81.193.321, asistida de la profesional del Derecho Abg. MARÍA BLANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.523, en contra de la Juez del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, Abogada Carmen Elvira Moreno, todo de conformidad con lo señalado en el artículo 38 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicado supletoriamente según lo dispuesto en el Artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Por cuanto contra la presente.....