Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Sede Maracay, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: UNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por el DR. EULOGIO PAREDES TARAZONA, Juez del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en consecuencia se ordena remitir el presente asunto a su Tribunal de origen a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado. Y así se establece.-
Dada Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Sede Maracay, a los veintitrés (23) días del mes de Marzo de 2012. Años 202º de la Independencia y 152º de la Federación.-
LA JUEZA SUPERIOR
BLANCA GALLARDO GUERRERO.
LA SECRET.....