En mérito a las anteriores consideraciones, es por lo que este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la ciudadana DAYMIRA DESIREE RIOS RUIZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.250.260, asistida del Abogado Ricardo Buznego, Inpreabogado Nro. 125.924, en contra de la Sentencia emitida en fecha 01 de Marzo de 2012, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, en la cual se declaró Improcedente la demanda de Impugnación de Paternidad incoada por la parte recurrente. SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se REVOCA la Sentencia Impugnada. Y así se decide. TERCERO: Se ordena la Reposición de la causa al estado de .....