En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente solicitud de Revisión de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana DARVIS ARELYS MORILLO MORILLO, en representación de su hijo ALEXANDER, niño, contra el ciudadano ELIS ALEXANDER CANCINE OCANTO.
SEGUNDO: Se aumenta la obligación alimentaria sujeta a revisión a DOCE (12) SALARIOS DIARIOS decretados por el ejecutivo nacional ya que permiten un ajuste automático y proporcional pagaderos mensualmente que equivalen a la suma de CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARENTA y OCHO CENTIMOS (Bs. F 489,48)); así mismo se fijan DOCE SALARIOS (12) DIARIOS decretados por el ejecutivo nacional, que equivalen a la cantidad de CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CUARE.....