En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente solicitud de Fijación de obligación de manutención incoada por la ciudadana DILIA MERCEDES SANCHEZ BORDONES, en representación de sus hijos cuyo nombres se omiten por mandato legal, adolescentes, contra el ciudadano MARIO GOMEZ ASTUDILLO.
SEGUNDO: Se fija la Obligación de manutención en diez (10) SALARIOS DIARIOS decretados por el ejecutivo nacional ya que permiten un ajuste automático y proporcional, los cuales serán pagaderos mensualmente, equivalentes a la cantidad de BOLIVARES FUERTES CUATROCIENTOS SIETE CON NUEVE CENTIMOS (Bs F. 407,9), suma esta que será descontada directamente del sueldo del obligado, y depositada en la cuenta de ahorro que se ordenará aperturar, quedan.....