En merito de lo precedentemente expuesto, este tribunal Tercero del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la justicia y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de colocación familiar con miras a adopción solicitada por la ciudadana AURA MILDRES INFANTE, identificada plenamente en autos. En consecuencia, la niña *** (11) años de edad, queda bajo su custodia temporal hasta tanto se determine la adopción en el asunto, siendo por ende, y en lo sucesivo la representante de ***, antes indicada, en todos los actos de su vida civil, al serle conferida con esta medida la responsabilidad de crianza que vela el articulo 358 de la lopnna, todo en atención a lo expreso en los artículos, 7, 8, y 400 de la lopna. Así se decide.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada tribunal Tercero del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circu.....