Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSION EN DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS, existente entre los ciudadanos JOSE RAFAEL FIGUEREDO y LINA KARELYS VALERA LLOVERA. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que los une, celebrado por ellos, en fecha 3 de marzo de 2000, por ante el Registro Civil de la Parroquia Magdalena del Municipio Zamora del Estado Aragua, según se evidencia del Acta de Matrimonio N° 004.