-III-
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: Medida Autónoma de Protección Agraria y se ordena designar un Administrador Ad-hoc quien será el encargado de ejercer la posesión, administración, uso y explotación de los bienes objeto de la Unidad de Producción cuya ubicación se encuentra en las parcelas 31, 32 y 33 del Asentamiento Campesino el Jambral, Parroquia Santa Cruz, Municipio José Ángel Lamas, estado Aragua en beneficio de la población venezolana, entre los cuales se encuentran los bienes inmuebles (salvo los que estén destinados a vivienda o habitación), acondicionamiento, almacenaje, distribución, comercialización, industrialización, las maquinarias, equipos industriales y de oficina, implementos de trabajo .....