-IV-
DECISIÓN
En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Agrario Superior de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, conforme a lo establecido en los artículos 160, 161 y 162 numeral 7 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario interpuesto por los ciudadanos Domingo Alberto Robles Díaz, Jesús Robles de Montoya, Olga Teresa Robles de Rodríguez, Ramón Alberto Robles Díaz, Carmen Belén Robles Díaz, Rafael Tiburcio Robles Díaz, Pascual José Robles Díaz, Manuel Veronico Robles Díaz, Miguel Antonio Robles Pérez y Miguel Antonio Robles Díaz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.227.256, V-7.227.244, V-7.214.614, V-7.187.470, V-7.187.471, V-7.193.297, V-4.544.696, V-3.514.409, V-9.690.437 y.....