En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD AGRARIO, interpuesto por los ciudadanos Edith Josefina Romero de Zeritt y Luisana Josefina Palacios Paredes, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-3.937.252 y V-12.928.053, asistido por el Abogado José A. Castillo Suárez, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.911, el cual pretende la nulidad de la resolución N° 305 de fecha 11 de noviembre de 2002 de Sesión 30-02 y la resolución N° 351 de fecha 11 de diciembre de 2002 de Sesión 34-02, del Instituto Nacional de Tierras, (a través de su Junta Liquidadora) del otrora Instituto Agrario Nacional, sobre unos lotes de .....