Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo del Estado Aragua declara:
Primero: SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir sobre la presente acción interpuesta por la ciudadana NAURY COROMOTO DORAT HIDALGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 15.490.915, asistida por la ciudadana Abogada Dionny Amalia May Belisario, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.054, en su condición de Defensora Pública Auxiliar de la Defensoria Pública Primera con competencia en materia Contencioso Administrativa del Estado Aragua, contra la comunicación suscrita en fecha 28 de noviembre de 2017, por el ciudadano Lcdo. Ramón Campos Cabello, Presidente (E) de la Red de Abastos Bicentenario S.A.
Segundo: DECLINA LA COMPETENCIA ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.
Terc.....