En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que acepta la competencia para conocer, sustanciar y decidir en primera instancia el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por el ciudadano Pedro Antonio Morales Valles, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.807.047, mediante su apoderada judicial, la ciudadana abogada Betzaida García Medina, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 60.663, contra el Consejo de la Facultad de Agronomía de la Universidad Central de Venezuela.
SEGUNDO: Ordena Reponer la presente causa al estado de citar al ciudadano Procurador General de la Republica Bolivariana de Venezuela, a los fines de que le de contestación a la demanda; y de igual manera se ordena la cita.....