Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de resuelve:
PRIMERO: Declararse competente para conocer, sustanciar y decidir el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad conjuntamente con Solicitud de Amparo Cautelar, interpuesto por la SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE 96 C.A., representado por el ciudadano GABRIEL DE ABREU COELHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-18.232.015, debidamente asistido por el Abogado RONNY ENRIQUE GUTIERREZ ZAPATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 254.343, contra la Alcaldia del Municipio Zamora del estado Aragua.
SEGUNDO: Admitir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Ad.....