Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir sobre la demanda de contenido patrimonial incoada por las ciudadanas abogadas Felicia Escobar Vásquez y Nora Vásquez de Escobar, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 39.874 y 12.125 respectivamente, en representación de la Sociedad Mercantil INTERNATIONAL AGRITECH SUPLLIES LLC, constituida conforme a las leyes del estado Delaware en los Estados Unidos de América, inscrita en fecha 20 de agosto de 2013, con el numero SRV 131008166-5386154, identificada con el numero fiscal (Federal Tax ID): 42-1776762, con sede en 7950 NW 53rd ST-Suite 337, Miami, Florida 33166, contra la EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL AGROPATRIA, S.A.
Segundo: S.....