Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara:
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana Maryorit Dayana Ramírez Meza, abogada, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 181.610, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUÍS OCTAVIO GUISSEPE MORENO, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.175.955, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE LA POLICIA BOLIVARIANA DE ARAGUA. En consecuencia, resuelve declarar:
1.- NULIDAD absoluta del acto administrativo contenido en la resolución dictada en fecha 02 de diciembre de 2020, por los miembros del Consejo Disciplinario del Instituto Autónomo de la Policial del estado Bolivariano de Aragua, mediante la cual se decidió la destitución del ciudadano LUIS OCTAVIO GUISSEPE MORENO, del cargo de Oficia.....