En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado en ejercicio ARNALDO AVENDAÑO PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-7.246.352 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.733, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano BENITO CAPPUCCIO FERRACANE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.231.508, en su carácter de tercero interesado, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 04 de Noviembre de 2013, donde declaró Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional incoada por el Abogado en ejercicio LEONCIO DIOSCORIDIS V.....