DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado en fecha 28.02.2023, por la abogada CECILIA MIROCLES MOURE VÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.048 actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN GREGORIA VALERIA HIDALGO, titular de la cedula de identidad N° V-4.114.331, contra el dispositivo de la sentencia proferida por esta alzada en fecha 17.02.2023 ,por carecer la causa de la cuantía necesaria para el acceso a la sede casacional.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA. En Maracay, a los cuatro (08) d.....