Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por las Abogadas MIRLA COROMOTO ARAUJO CABEZO y GABRIELA MONTES PIZARRO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 99.703 y 48.853 respectivamente, contra negativa del JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de oír la apelación interpuesta fecha 02 de Abril de 2014, interpuesto por el recurrente supra identificado en los autos.
SEGUNDO: Remítase copia certificada de la presente decisión, al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.