Por todas las razones de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: Declara CON LUGAR la apelación propuesta por la parte actora ANA VICENTA FRONTIK NAVARRO, titular de la cedula de identidad V-9.658.699, a través de su apoderada judicial YTALA RAQUEL RIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 11.433,contra la decisión de fecha 11 de junio de 2015, emitida por el Tribunal Cuarto de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la circunscripción judicial del estado Aragua. SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada en fecha 11 de junio de 2015, por el Tribunal Cuarto de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. TERCERO: Se ordena admitir la demanda presentada en fecha 11 de Mayo de 2015, por ante.....