..V. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho ut supra señaladas, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Recusación fundamentada en el criterio sustentado en la sentencia Nº 761 del 13 de noviembre de 2018, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, donde se ratificó la sentencia N° 2140, dictada por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, de fecha 7 de Agosto de 2003, expediente N° 02-2403, bajo la ponencia del Magistrado Dr. José Manuel Delgado Ocando, planteada por el abogado RAFAEL MEDINA VILLALONGA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.150, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ABELARDO CANDELARIO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-3.478.173, mediante el cual re.....